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Organización

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Organización

Junta Directiva Consejo Superior Rectoría Unidades Administrativas Unidades Académicas

 

 

Naturaleza jurídica de la organización de la Universidad de los Andes

 

La Universidad de los Andes está organizada como una fundación de derecho privado sin fines de lucro, constituida conforme a la legislación de educación superior chilena vigente y que se rige por sus propios Estatutos, que constan en escritura pública de fecha 6 de septiembre de 1989. La personalidad jurídica fue legalmente reconocida el 8 de septiembre de 1989, fecha en la que se depositaron los Estatutos en el Ministerio de Educación.

 

Los organizadores de la Universidad fueron un grupo de académicos, profesionales y empresarios destacados que se propusieron fundar una institución de educación superior que tuviera por fin específico “elaborar una síntesis orgánica y universal de la cultura humana, que integre la dispersión de las especialidades en la unidad radical de la verdad, iluminada y vivificada por la fe católica”, contando para ello con un acuerdo con la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei, institución de la Iglesia Católica, para que esta sea la garante moral de la formación cristiana que se entregue en sus aulas y proporcione asistencia espiritual a quienes libremente lo soliciten (art. 2º de los Estatutos).

 

Los primeros organizadores fueron Raúl Bertelsen Repetto, Elena Vial Correa, Matías Izquierdo Menéndez, Eduardo Fernández León, Francisco Ruiz-Tagle Decombe, Patricia Moya Cañas, Eduardo Guilisasti Gana, Jorge Peña Vial, Patricio Prieto Sánchez, Juan Ignacio González Errázuriz y Fernando Figueroa Elizalde. Los estatutos nombraron como primer Rector a Raúl Bertelsen, primer secretario general a Oscar Cristi, primer administrador general a Guillermo Varas y primer director de estudios a Jorge Peña.

 

Los Estatutos determinan los fines específicos de la institución, y establecen las autoridades y órganos de gobierno.

Inexistencia de vínculos con sociedades relacionadas

Se suele preguntar respecto de Universidades privadas de creación más reciente, de cuál es su dueño. Esto porque algunas de ellas han sido organizada mediante su vinculación a sociedades con fines de lucro cuyos derechos pertenecen a personas naturales y que pueden ser transferidos. En estos casos, suele suceder que los bienes que usa la Universidad (edificios, mobiliario, equipos) no son de propiedad de la misma Universidad sino de estas sociedades relacionadas, las cuales prestan o arriendan esos bienes a la Universidad.

 

No es este el caso de la Universidad de los Andes. No existen sociedades con fines de lucro que sean parte o que controlen los órganos directivos de la Universidad. Todos los bienes que utiliza (terrenos del campus, edificios, mobiliario, laboratorios, biblioteca) están registrados a nombre de la Universidad. En este sentido, se puede decir que la Universidad no tiene dueño, sino que ella misma es dueña de todo su patrimonio. En caso de disolución de la Universidad, los bienes tampoco pasan a personas naturales, sino que, según los Estatutos, pasarán a fundaciones o entes jurídicos que tengan objetivos de orden cultural, espiritual o de beneficencia y que sean designados por la Junta Directiva.

 

Tampoco es correcto señalar que la Universidad “pertenece” o “es del” Opus Dei. La Prelatura del Opus Dei tiene su propia personalidad jurídica y no controla ni el gobierno ni las decisiones de la Universidad. Lo que es más exacto es que la Universidad ha encomendado al Opus Dei, y éste aceptado, la labor de garantizar moralmente la idoneidad de la formación cristiana que se ofrece y la asistencia espiritual para quienes la requieran libremente. Es una vinculación colaborativa y no propietaria. Por eso, la Universidad de los Andes es una Universidad laica, de inspiración cristiana, pero no una Universidad Católica (perteneciente a la Iglesia Católica).

 

Autoridades de gobierno de la Universidad

Según sus estatutos y las normativas que se han dictado para su ejecución y desarrollo, el gobierno de la Universidad se realiza a través de autoridades unipersonales y colegiadas.

Autoridades colegiadas:

 

Junta Directiva

Según los Estatutos, la autoridad superior de la Universidad es la Junta Directiva, que es integrada por el Rector y diez académicos y profesionales nombrados, por la misma Junta por períodos de cinco años. Los primeros miembros de la Junta fueron designados nominalmente por los Estatutos. La excelencia de sus integrantes y su hondo compromiso con los fines de la Universidad son el principal fundamento para justificar el mecanismo de autogeneración.

 

 

La renovación es parcial de modo que cada año se renuevan dos de sus integrantes, pudiendo ser reelegidos.

 

La aplicación práctica de los Estatutos ha recomendado que este órgano se integre con académicos de la Universidad y con personas que no trabajan en ella, lo que favorece el conocimiento real de la institución y el aprovechamiento de la experiencia en otras áreas del quehacer nacional.

 

Debe señalarse que los integrantes de la Junta directiva son personas naturales y no sociedades cuyos derechos pertenezcan a personas ajenas a la institución.

Consejo Superior

El Consejo Superior es un órgano colegiado al cual corresponde adoptar decisiones relativas a la docencia y la investigación, como la creación de Facultades, Institutos o Centros académicos y la aprobación de nuevos grados, carreras y postgrados. Está integrado por el Rector, los Vicerrectores, el Secretario General, el Director de Estudios, el Administrador General, los Decanos de Facultades, y cinco consejeros nombrados por la Junta Directiva por períodos de cinco años renovables.

Comisión Permanente del Consejo Superior

La Comisión Permanente del Consejo Superior es el órgano que conduce el gobierno regular de la Universidad. Está constituida por el Rector, los Vicerrectores, el Secretario General, el Administrador General, el Director de Estudios y dos consejeros nombrados por la Junta Directiva de entre los cinco que integran el Consejo. La Comisión Permanente, comúnmente denominada Rectoría o abreviadamente CPC, entrega lineamientos, determina políticas y normativas institucionales y adopta las decisiones necesarias para el funcionamiento y desarrollo de la Universidad que no sean competencia de otras autoridades superiores. La Comisión Permanente nombra a los Decanos, Directores de Extensión e Investigación, Directores de Escuelas e Institutos y demás directivos de la Universidad cuyo nombramiento no esté reservado a la Junta Directiva.

Consejo de Administración

El Consejo de Administración es el órgano técnico que tiene por misión principal administrar los bienes de la Universidad. Está conformado por el Rector, el Administrador General más tres miembros nombrados por la Junta Directiva por cuatro años, renovables.

Autoridades unipersonales:

 

Rector

El Rector es un profesor universitario elegido para desempeñar el cargo por cinco años renovables por la Junta Directiva. Al Rector le corresponde dirigir el gobierno y administración de la Universidad de acuerdo con los Estatutos y Reglamentos. Para efectos legales, es el representante judicial y extrajudicial de la Universidad.

Vicerrectores

Los Estatutos prevén que en la Universidad existirán Vicerrectores en el número que determine el Rector con acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo Superior. Son nombrados por tres años pudiendo ser renovados. El Vicerrector de más antigüedad en el cargo subroga al Rector.

 

 

Actualmente, existen dos Vicerrectores: el Vicerrector Académico, que se dedica a colaborar en el gobierno universitario en todo lo referido a la docencia e investigación, y el Vicerrector de Relaciones Universitarios, quien tiene a su cargo responsabilidades relacionadas con las labores de extensión y comunicaciones internas y externas.

Secretario General

El Secretario General es el ministro de fe de la Universidad, correspondiéndole llevar las actas de la Junta Directiva y del Consejo Superior. Custodia la documentación y expide los certificados, grados y títulos. Es nombrado por la Junta Directiva por períodos de tres años, que pueden ser renovados.

Administrador General

El Administrador General dirige las dependencias de apoyo administrativo y procura obtener el financiamiento de las labores de la Universidad. Le corresponde, además, preparar el proyecto de presupuesto anual, velar por la ejecución del presupuesto aprobado y estudiar, promover e impulsar el financiamiento de todas las labores de la Universidad. Es nombrado por la Junta Directiva por cuatro años renovables.

Director de Estudios

El Director de Estudios cuida de la calidad de la enseñanza y del estudio, de la formación general y de la disciplina de los alumnos, procura la existencia de un adecuado ambiente de estudio y la prestación a los estudiantes de asesoramiento intelectual y personal. Es nombrado, por tres años renovables, por la Junta Directiva.

Director de Investigación

El Director de Investigación tiene por misión promover el desarrollo de la investigación científica en la Universidad. Coordina las actividades que efectúan las distintas unidades académicas y facilita las relaciones con instituciones públicas o privadas que puedan contribuir al financiamiento de las iniciativas de investigación. Es nombrado por la Comisión Permanente del Consejo Superior, con ratificación de la Junta Directiva, por tres años renovables.

 

El Director de Investigación es asesorado por un Consejo integrado por investigadores destacados de las diferentes áreas disciplinarias que se cultivan en la Universidad.

Director de Extensión

El Director de Extensión es la autoridad encargada de atender las actividades de difusión cultural, conferencias, cursos de especialización y de perfeccionamiento profesional.

 

Esta Dirección no ha sido formalmente erigida en la Universidad, y estas funciones han sido encomendadas a un Departamento que depende de la Vicerrectoría de Relaciones Universitarias.

 

Gobierno de las Facultades, Escuelas o Institutos

El gobierno de las Facultades, Escuelas o Institutos en los que se desarrollan las labores docentes y de investigación de la Universidad se ejerce, en plena coordinación con las autoridades centrales, a través de un órgano colegiado denominado Consejo, y que es integrado por el Decano o Director, el Vicedecano (en su caso), el Director de Estudios, el Secretario Académico y otros profesores designados por la Comisión Permanente del Consejo Superior.

 

 

La autoridad superior unipersonal de las Facultades es el Decano, y de las Escuelas o Institutos, el Director. Los Decanos y Directores son nombrados por la Comisión Permanente del Consejo Superior. En el caso de los Decanos se requiere confirmación de la Junta Directiva. Duran tres años en sus cargos y pueden ser renovados.

 

Colaboran con el Decano o Director de Facultad, Escuela o Instituto, el Director de Estudios y el Secretario Académico. En algunas Facultades existe también el cargo de Vicedecano. Para la gestión académica, el Director de Estudios puede tener como colaborador uno o más Coordinadores Académicos.

Unidades de servicio y apoyo a la gestión

En la medida de la consolidación del proyecto universitario, se han ido creando diversas unidades de servicio o de apoyo a la gestión que actúan en beneficio de toda la comunidad universitaria. Cada una de ellas se encuentra a cargo de un Director que es nombrado por la Comisión Permanente del Consejo Superior.
Así pueden mencionarse: la Dirección de Postgrados y Postítulos, la Dirección de Desarrollo y Gestión del Cambio, el Departamento de Asesoramiento Académico, el Departamento de Vida Universitaria, el Departamento de Comunicaciones, el Departamento de Admisión y Promoción, el Departamento de Extensión, la Oficina de Alumni y de la Asociación de Amigos.

Capellanía y asistencia espiritual

La labor de asistencia sacramental y espiritual a los integrantes de la comunidad universitaria que libremente lo soliciten, se organiza a través de la Capellanía de la Universidad, integrada por sacerdotes de la Prelatura del Opus Dei o de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz. La coordinación general de esta actividades y la relación de la capellanía con las demás autoridades de la Universidad está a cargo de un Capellán General que es nombrado por ……

Estilo de gobierno

El estilo de gobierno que se procura vivir en la Universidad se caracteriza por las siguientes notas:

 

a) Colegialidad en las decisiones: Un principio básico del gobierno de la Universidad es la colegialidad en la toma de decisiones. Todos los órganos superiores de gobierno de la Universidad son colegiados, tanto a nivel central (Rectoría) como en cada Facultad, Escuela o Instituto. Las decisiones son adoptadas por mayoría de votos, después de un estudio cuidadoso por parte de todos y cada uno de los miembros del órgano de gobierno. Se evitan así los personalismos y se favorece el trabajo en equipo y la corresponsabilidad.


b) Inmediatez y relación fluida entre las diversas autoridades: La estructura organizativa es esencialmente plana, en el sentido de que hay pocos niveles jerárquicos o escalafones: en el nivel superior está la Comisión Permanente del Consejo Superior, mientras que en el siguiente se hayan las unidades académicas y los diversos órganos de apoyo.

 

c) Estructura “escalable”: la estructura de gestión puede calificarse de escalable, ya que no es necesario seguir procedimientos jerárquicos complejos para llegar a las máximas autoridades. Este carácter es posibilitado por la naturaleza plana de la organización.

 

d) Carácter matricial de unidades de apoyo: las unidades de apoyo son centrales (dependen de la Comisión Permanente del Consejo Superior) y transversales (prestan servicios a todas las unidades).

 

e) Transparencia y apertura se pretende posibilitar que cualquier directivo, profesor, administrativo o alumno pueda acudir al Consejo de su Facultad, Instituto o Escuela o a la Rectoría, para plantear temas que le afecten personalmente o que tengan que ver con la marcha general de la Universidad. Además de las conversaciones informales que se dan sin previo aviso, la Rectoría facilita instancias de encuentro y diálogo con las unidades académicas y administrativas. Un ejemplo de esto es el almuerzo semanal que organiza con ellas. A este fácil acceso a las autoridades ayuda la existencia de un campus único, política de biblioteca, casinos y cafeterías comunes para alumnos, profesores y administrativos.