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Martes 26 de Octubre de 2021
En la Iurisprudentia de octubre, la profesora Rosa Fernanda Gómez, realizó una presentación que tuvo por objeto general dar cuenta de la existencia de ámbitos de discrecionalidad en el ejercicio de la potestad administrativa sancionadora, la forma como el legislador la atribuye y los mecanismos legales, administrativos y judiciales que la limitan. Con ello, se trata de superar un falso dogma en materia de infracciones y sanciones administrativas, como es la existencia de una estricta potestad reglada.
Bajo tal contexto se afirma que la vigencia del principio de legalidad en materia sancionadora admite ciertos márgenes de discrecionalidad sujetos a los principios que dominan en un Estado de Derecho y la función que se asigna a la Administración pública, en orden a satisfacer los intereses generales de forma eficiente, eficaz y oportuna. Por su parte, la dinámica y compleja realidad que debe enfrentar la autoridad, junto a la necesidad de adoptar e implementar decisiones de política pública, justifican –dentro del orden constitucional– la existencia de un margen de acción que permita ejercer su poder represivo, ponderando las circunstancias y los fines de interés público que se deben alcanzar en cada caso en concreto.
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