Miércoles 23 de Enero de 2019

Tres académicos de la Facultad de Derecho se adjudican proyectos Fondecyt regulares

Alejandro Miranda, Eduardo Jequier y Gian Franco Rosso, desarrollarán sus investigaciones a través del Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico.

Siguiendo con el compromiso de investigación de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, los profesores Alejandro Miranda, Gian Franco Rosso y Eduardo Jequier, se adjudicaron proyectos del Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico, Fondecyt regulares 2019.

“La relevancia del número de vidas en las situaciones de necesidad. Proyecciones jurídicas de un problema de filosofía moral” es el nombre de la investigación de Alejandro Miranda, la que propone estudiar, desde un punto de vista filosófico-jurídico, el problema de la relevancia del número de vidas o de muertes, como criterio para determinar el correcto curso de acción en un caso de necesidad.

Formulado a modo de pregunta, el problema que se plantea es si en una situación de necesidad, ¿está un agente moralmente obligado, ceteris paribus, a elegir el curso de acción del que se sigue un menor número de muertes? La filosofía moral contemporánea ha dedicado interesantes estudios a este aspecto, pero el Derecho no ha explorado suficientemente las consecuencias que se siguen de acoger una solución u otra.

En general, en el Derecho se ha aceptado, algo acríticamente, que cuando está en juego el bien jurídico de la vida humana son inadmisibles las cuantificaciones. Por eso el proyecto del profesor  Miranda pretende mostrar que, si la cuestión del número se aísla adecuadamente de otros factores, hay buenas razones para aceptar su relevancia ética y también jurídica, incluso desde el punto de vista de una teoría que reconozca el carácter inviolable de la dignidad de la persona y rechace el consecuencialismo.

El proyecto de Gian Franco Rosso,en tanto, se denomina“El objeto de los derechos reales de goce y garantía en el Derecho Civil Chileno: viabilidad dogmática y utilidad práctica de admitir la existencia de derechos reales en cosa de propiedad del titular”.

Este plantea que el dominio o propiedad es el derecho real más pleno sobre cosas reconocido por el ordenamiento jurídico, en cuanto a las facultades concedidas. Por lo mismo, un propietario no necesita adquirir otros derechos reales que le otorgue poderes adicionales, pues todos los posibles ya se encuentran comprendidos en su dominio. Es por ello que los derechos reales distintos a la propiedad, como el uso, habitación o hipoteca, se otorgan sobre cosas ajenas y no propias.

Sin embargo, excepcionalmente se reconocen situaciones en que, sea para la satisfacción de un interés del propio dueño o de un tercero, sería admisible reconocerle al dueño la titularidad de un derecho real distinto a la propiedad que ya ejerce. Como en Chile no existen estudios acerca de estos casos, el proyecto del profesor Rosso persigue su profundización y desarrollo.

Por último, el trabajo de Eduardo Jequier, “El arbitraje de consumo en Chile. Análisis crítico y planteamientos para su indispensable revisión”, integra como coinvestigadores a Luis Arancibia, abogado de NIC Chile, centro dependiente de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile; y a Cristián Rojas, ingeniero civil en computación del mismo centro de administración del dominio.CL

El proyecto busca, en primer lugar, revisar las particulares características del sistema de arbitraje de consumo en Chile, haciendo hincapié en sus falencias prácticas y dogmáticas de cara a la arbitrabilidad material y subjetiva del conflicto de consumo.

También quiere buscar la experiencia comparada en materia de arbitraje de consumo y, concretamente, las razones y beneficios que justifican su regulación como sistema institucionalizado de arbitraje, administrado y participado por la administración pública.

Por último, se ha planteado proponer las bases de una revisión legal profunda del sistema chileno de arbitraje de consumo, en sus aspectos sustantivos y procedimentales. En este último sentido, se sugiere la conveniencia de implementar un procedimiento de arbitraje online, que permita un acceso rápido, sencillo y seguro de las partes a la solución jurisdiccional de los conflictos de consumo, cualquiera sea el domicilio de aquellas.