Martes 31 de Marzo de 2026

Seminario IurisPrudentia analizó el concepto de enajenación en el derecho romano y chileno

El viernes 27 de marzo se realizó una nueva sesión del seminario IurisPrudentia, dirigida por la profesora María de los Ángeles Soza, quien abordó el tema “El concepto de alienatio (enajenación) en el derecho romano y en algunas normas del Código Civil chileno”.

En una primera parte, la académica se refirió al significado etimológico del verbo enajenar y su uso en diversas fuentes del derecho romano. Posteriormente, analizó su alcance en normas del Código Civil chileno, destacando que, aunque la noción no fue tratada de manera sistemática ni en fuentes antiguas ni modernas, es posible advertir que Andrés Bello utilizó un concepto estricto del término.

Según explicó, enajenar implica hacer ajena la cosa, es decir, transferir el dominio, excluyendo otros actos como gravarla o constituir sobre ella derechos reales limitativos del dominio.



Ayúdanos a mejorar tu experiencia en el sitio

¿Encontraste lo que estabas buscando?

Ayúdanos a mejorar tu experiencia en el sitio

¿Qué tan intuitivo consideras que es nuestro menú de navegación?